Crimen de Fernando Báez Sosa: la sentencia y el final de un juicio de alto impacto

Actualidad - Nacional 06 de febrero de 2023
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Buena parte de la sociedad ya estaba indignada por el asesinato mucho antes de las palabras conmovedoras de los padres de Fernando Báez Sosa y del desfile de testigos que acaparó la atención del país entero durante las tres semanas de enero en que se desarrolló el juicio por el crimen del adolescente en el tribunal en lo Criminal n° 1 de Dolores. Este lunes, tres años después, se conocerá la sentencia del proceso judicial contra los ocho imputados. “La única justicia es perpetua” es la consigna que retumba en las calles. Pero la interpretación legal que haga el tribunal y un sinfín de tecnicismos pueden determinar otro final, inclusive sin condenas a prisión para algunos de los intervinientes. 

Todo lo que hicieron los ocho acusados aquel 18 de enero- menos ocho segundos no secuenciados - quedó capturado en las cámaras de seguridad, celulares de los propios acusados y dispositivos de testigos que estaban en las inmediaciones del boliche Le Brique de Villa Gesell. Esas imágenes fueron el primer acercamiento que tuvieron los argentinos a lo que había pasado esa madrugada de 2020 y desde entonces se escucharon los pedidos de condenas ejemplificadoras. Con el juicio, estos pedidos solo se multiplicaron hasta volverse ensordecedores en Dolores.

Los medios que habían hablado al principio de una muerte en el marco de una pelea reformularon rápidamente sus titulares ese día para dar cuenta de que al joven estudiante de derecho “lo mataron” y que lo hicieron “un grupo de rugbiers”. Ese fue el mote que empezó a usarse coloquialmente para referirse a Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23), aunque técnicamente no practicaran el deporte los ocho.

Hoy, todos ellos pueden ser condenados por el delito de "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”. Los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari tienen la difícil tarea de determinar con su fallo el alcance de la responsabilidad de cada uno en el crimen, mientras gran parte de la sociedad reclama condenas ejemplificadoras sin distinción. En el medio, está la valoración del derecho penal sobre cuestiones que dividen y generan controversias inclusive entre expertos en la materia. 

El clamor social por el caso se manifestó desde el primer día, pero fue in crescendo. Todavía la pandemia no había obligado a millones a confinarse y, en esa sociedad tan distinta a la actual, el asesinato del adolescente irrumpió en escena. Los videos que inundaban los medios mostraban que adolescentes habían asesinado a golpes y en grupo a un chico de su misma edad. Día a día, surgían nuevas grabaciones que permitían reconstruir los momentos previos y posteriores del crimen. Pero en base a esas interminables horas de reproducción solamente se podían hacer interpretaciones imprecisas.

La lectura minuciosa sobre lo que ocurrió ese día llegaría recién con los más de 87 testigos que desfilaron en el tribunal de Dolores durante las tres semanas de enero que duró el juicio. Ellos revivieron lo que vieron y sintieron para que se pudiera identificar el grado de participación de cada uno de los acusados, el punto más importante de la causa porque será el que determine si se dicta una condena diferenciada o no. Los agravantes que los jueces ameriten que se deben aplicar serán claves para decidir si los acusados recibirán una pena a perpetua, como quieren los familiares, o si entenderá que la muerte se dio en el marco de una riña o homicidio preterintencional y se aplique penas a seis años o 25, como espera la defensa.

Al comienzo del debate oral, amigos de Fernando, personal de seguridad del boliche y personas que estaban en el lugar por pura casualidad narraron un ataque dirigido después de un altercado dentro del boliche. Explicaron cómo era ese “cerco” que impidió que el joven pudiera ser socorrido, de acuerdo a la querella, y hasta reprodujeron algunas de las arengas más violentas y racistas que escucharon. Luego, llegó el turno de las jornadas más técnicas, en las que los peritos y médicos expusieron todas las pruebas incorporadas al expediente contra los ocho acusados: los estudios de ADN, los informes médicos, la autopsia al cuerpo de la víctima, las pericias scopométricas, en definitiva, las huellas de la golpiza que habían quedado en el cuerpo de Fernando.

Tampoco faltaron los detalles de los mensajes que compartieron tanto entre ellos como con otros allegados los acusados minutos después del crimen. Y todos los imputados hablaron, lloraron, negaron cualquier tipo de responsabilidad en el crimen bajo el argumento de que nunca quisieron matar.

Con esas exposiciones, la Fiscalía mantuvo firme y hasta reforzó el pedido que había sido presentado previamente por la fiscal de instrucción Verónica Zamboni: se los tiene que juzgar a los ocho bajo la calificación legal más alta para estos casos. Es decir, tanto el “concurso premeditado” como la “alevosía” habían quedado probados para los fiscales Juan Manuel Dávila y Diego García. A diferencia de Zamboni, ellos consideraron que a lo largo del juicio se pudo probar que todos golpearon al estudiante de Derecho y dejaron de lado la división que se había planteado de roles específicos entre los imputados. "Al mismo tiempo, impedían que se acerquen a Fernando y a su vez lo agredían físicamente", sostuvieron en el primer día de los alegatos.

Se ampararon en esos ocho segundos de “negro” que no quedaron grabados para que los jueces cierren completamente la puerta a la figura de "homicidio en riña” y que ninguno sea identificado por el tribunal como "partícipe secundario”. Si las cámaras los mostraban a Lucas Pertossi, Luciano Pertossi y Ayrton Viollaz a metros del cuerpo de Fernando no hay forma de que no lo hayan golpeado, de acuerdo a Dávila y García. Se aferraron fuerte a esa hipótesis Fernando Burlando y Fabián Améndola, los abogados que representan a los padres de Fernando. Ellos presentaron además un compilado de videos a los que incorporaron un sistema de “trackeo”, según aclaró luego Burlando, “para hacerle la tarea más fácil al tribunal”.

Hugo Tomei, abogado de la defensa, había planteado en más de una oportunidad solicitudes de nulidad para que el proceso volviera a fojas cero y no iba dejar de lado los cambios en el relato de los hechos que presentó la querella. Con términos muy técnicos, relacionados al principio de congruencia, consideró que se había cambiado la versión de los hechos sobre la marcha y que los acusados no habían tenido derecho a defensa, por lo que deberían ser absueltos. Acompañó su planteo de falta de dolo y premeditación con el pedido de perdón alineado de los imputados.

Graciela Sosa y Silvino Báez, padres de Fernando, hablaron al principio y al final de la ronda de audiencias. En la primera, con mucho dolor relataron cómo se enteraron de la muerte de su hijo. "Cuando lo fui a reconocer, su cabeza estaba destrozada de tanta patada que le dieron", fue una de las frases más fuertes de ella. Él aclaró que solamente estaba buscando justicia. A lo largo del juicio dejaron en claro que para ellos la única condena viable es la perpetua. Durante las palabras finales, Sosa explicó lo difícil que fue para ellos ver más de 100 veces los videos de la muerte de Fernando: "Cuando los veía, me quería tirar sobre él". Una multitud los acompañó el tercer aniversario del crimen e hicieron propio su reclamo por las perpetuas sin distinción.

A horas de que se conozca la sentencia del tribunal, dijeron en diálogo con C5N que esperan que haya una condena "ejemplar" que marque "un antes y un después". “Que les den la pena máxima es lo que todos esperamos, y que esto no vuelva a ocurrir”, enfatizaron. 

Los escenarios posibles

Al juicio se llegó con el pedido de Zamboni, que sostenía que los ocho jóvenes “acordaron darle muerte” a Báez Sosa, y para ello “previamente, distribuyeron funcionalmente sus roles”, luego que “minutos antes, al encontrarse en el interior del local bailable, tuvieran un altercado” con él, “quien se encontraba acompañado con su grupo de amigos”. 

Para la fiscal de instrucción la calificación legal que puede enviar a prisión perpetua a los jóvenes tenía su correlato con el relato de los hechos. Ella había identificado a cinco de los imputados (Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Blas Cinalli) como los que protagonizaron la golpiza, en tanto que los otros tres restantes (Lucas Pertossi, Luciano Pertossi y Ayrton Viollaz) habían actuado, de acuerdo al acta de elevación a juicio, rodeando a Fernando y a sus amigos para evitar que pudieran auxiliarlo y concretar así "su plan acordado".

Este punto es importante porque permite plantear que "actuaron sobre seguro", uno de los argumentos necesarios para sostener el agravante de alevosía. "El plan acordado" remite directamente a la cuestión de la premeditación. "El todo hicieron todo" de los fiscales del juicio configura otro escenario, en el que los ocho son identificados como agresores directos.

Tal como contó este medio, el tribunal no está obligado a convalidar tal cual la acusación formada por la fiscalía. Los jueces harán su propia valoración de toda la investigación. De mayor a menor, en su amplia gama de figuras pueden elegir entre: homicidio agravado con alevosía y premeditación, homicidio simple, homicidio preterintencional y homicidio en riña. Para que la primera se aplique tiene que quedar correctamente fundamentado que existió un plan criminal entre los acusados. Será muy importante que se determine además quién fue el principal agresor para no recaer en una pena mínima para la mayoría. 

Eso no termina ahí porque si el tribunal considera que no hubo premeditación, aunque sí prueba con certeza los delitos, entonces tendrá que adjudicar en base a la evidencia la autoría, coautoría, participación necesaria/secundaria o la ajenidad al hecho. A cada uno le cabe una pena distinta, de acuerdo al derecho penal argentino. La ajenidad implicaría la absolución de algunos. Este escenario, y los relacionados con el homicidio en riña o el homicidio preterintencional, son solamente posibles si el tribunal no considera los agravantes ni da por probado el acuerdo para dar muerte a Fernando. Si hay coautoría, solo cabe la perpetua. 

Breve glosario penal para leer el fallo de los jueces

Homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas: perpetua para los ocho acusados. 

Homicidio doloso simple: habría penas diferenciadas. La mayor para el autor material sería de 6 a 25 años. Se tendría que determinar el grado de participación de cada uno. 

* Los que sean partícipes necesarios: misma pena que el autor

* Los que sean partícipes secundarios: una escala reducida de un tercio de la mitad, así que puede ser una escala de 4 a 16 años y 8 meses de máxima. 

Homicidio preterintencional: Es aquel que se concreta cuando el agresor actúa con la intención de causar un daño en el cuerpo o en la salud, con un medio idóneo para ello, pero finalmente le provoca la muerte. Determina que hay intención de lesionar pero no de matar. La pena es de reclusión de tres a seis años y de prisión de uno a tres. 

Homicidio en riña: Tiene una pena de  2 a 6 años y regula la situación de más de dos personas pegando a una víctima, causándole la muerte pero sin saber quién es el que le ha dado el golpe mortal a la víctima. En este caso, como no se puede determinar un autor material, la responsabilidad penal sería la misma para todos. 

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