


Chau al conflicto laboral: nuevo camino rápido a indemnización si no hay incapacidad permanente
Recursos Humanos01/10/2025


Para terminar con los juicios laborales, se podrá optar por una indemnización optativa y extrajudicial, que vaya más allá de los que marcan las tablas oficiales, cuando el accidente de trabajo no haya resultado en incapacidad permanente.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), empleadores autoasegurados o no asegurados puedan iniciar procedimientos de homologación de acuerdos compensatorios en aquellos casos en que los trabajadores hayan recibido el alta médica sin secuelas incapacitantes.
La compensación, en caso de acordarse, no implicará un reconocimiento de incapacidad laboral, sino que actuará como una solución económica transitoria y excepcional. De esta manera, se diferencia claramente de las indemnizaciones previstas por la ley para casos de incapacidad permanente.
Cuál se llega al acuerdo para la indemnización
El procedimiento será tramitado ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y contempla la citación a una audiencia en caso de manifestarse voluntad de acuerdo por parte de la ART o empleador. Si se concreta, la homologación tendrá autoridad de cosa juzgada administrativa.
Según la resolución, estos acuerdos buscan reducir la litigiosidad en la materia y garantizar soluciones ágiles y definitivas en los casos en los que los trabajadores no presenten incapacidad laboral permanente tras un accidente o enfermedad profesional.
En los últimos años, una gran cantidad de juicios laborales se iniciaron incluso en casos de alta médica sin secuelas, generando sobrecarga en los tribunales y mayores costos para el sistema de ART. Con este mecanismo, se apunta a que las partes puedan cerrar el conflicto en sede administrativa, sin abrir un proceso judicial.
El nuevo procedimiento es una opción facultativa y discrecional de la ART o empleador, y solo puede ser iniciado después de que una Comisión Médica interviniente certifique la inexistencia de una incapacidad laboral permanente, según sea el trámite.
Se prueba a través de un "Informe de Valoración de Daño", o bien mediante un dictamen médico emitido en el marco de un trámite de "Divergencia en la Determinación de la Incapacidad".
La necesaria intervención de los profesionales médicos garantiza al trabajador la evaluación con rigor científico, en tutela de sus derechos y en cumplimiento de los principios contenidos en la Ley de Accidentes de Trabajo
Cómo se evita el conflicto laboral
El ofrecimiento y la posterior aceptación de la compensación económica no modifican la determinación médica de "alta sin secuelas" ni generan derechos a futuras prestaciones por incapacidad laboral permanente.
Una vez que la ART manifiesta su voluntad de acordar, el Servicio de Homologación de la Comisión Médica citará a las partes a una audiencia. Si se llega a un acuerdo, el acto de homologación tendrá autoridad de cosa juzgada administrativa, cerrando así la instancia y evitando una posible demanda judicial.
Esta resolución busca brindar una herramienta para resolver conflictos de manera extrajudicial, lo cual beneficia tanto a los trabajadores al recibir una compensación económica sin la demora de un juicio, como a las aseguradoras y empleadores al reducir costos y tiempos administrativos.
En un contexto en el que se ha observado un aumento de causas judiciales con convenios que, en su mayoría, no se ajustan a las tablas de incapacidades, se busca reforzar el rol de las Comisiones Médicas como una instancia de resolución eficiente y justa en caso de accidentes de trabajo no incapacitantes de forma permanente.
Nota:iprofesional.com





