


Efectos constitucionales de la remoción del Jefe de Gabinete a través de una moción de censura
Actualidad - Nacional24/09/2025


El Jefe de Gabinete de Ministros es una figura incorporada por la reforma constitucional de 1994 que, si bien proviene de los sistemas parlamentarios, no tiene las mismas características funcionales y fue injertado en el marco de un modelo presidencialista que, más allá de los deseos constituyentes, lejos está de poder definirse como atenuado.
El Jefe de Gabinete de Ministros ejerce las funciones encomendadas por la Constitución argentina en el art. 100 con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, esto implica que depende de la confianza otorgada por el Presidente con la designación y de la confianza mantenida por el Congreso mientras dure la designación en el cargo. Es un cargo sostenido por la confianza sincrónica del Presidente y del Congreso. Por dicho motivo, puede ser removido de múltiples maneras: por decisión exclusiva del Presidente (art. 99.7 de la Constitución argentina); mediante juicio político tramitado en el Congreso mediante el cual también pueden ser declarado “incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a su sueldo en la Nación” (arts. 53, 59, 60 de la Constitución argentina), y a través de una moción de censura negativa sustanciada por el Congreso (art. 101 de la Constitución argentina).
El art. 101 de la Constitución argentina le otorga al Congreso la potestad de interpelar al Jefe de Gabinete de Ministros a los efectos del tratamiento de una moción de censura que puede derivar en la remoción del cargo. La interpelación o presentación de la moción requiere el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores. La remoción exige el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara. Se trata de una moción de censura exclusivamente negativa debido a que el Congreso puede removerlo pero no puede designar a un nuevo Jefe de Gabinete de Ministros en su reemplazo.
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Ahora bien: ¿cuál es el efecto o alcance de la remoción por moción de censura negativa? Como la misma implica la pérdida de confianza del Congreso en el ámbito de la responsabilidad política que tiene el Jefe de Gabinete de Ministros ante el Congreso, el removido no puede ser designado por el Presidente hasta tanto no cambie la composición del mismo. De esta manera, cada forma de remoción tiene un efecto distinto: si lo decide el Presidente puede volver a nombrarlo cuando quiera, si lo hace el Congreso por juicio político no puede ser nombrado por el término de la inhabilitación, si lo dispone el Congreso a través de una moción de censura no puede ser designado de nuevo en el cargo mientras se mantenga la composición del Congreso.
Otra interpretación más intensa de los efectos de la remoción sostiene la imposibilidad de una nueva designación mientras dure el mandato del Presidente, puesto que la pérdida de confianza del Congreso es irreversible. De esta manera, el vínculo político roto no se recompone con el paso del tiempo y la eficacia de la censura no puede ser sorteada mediante una nueva designación dentro del mismo período presidencial.
La moción de censura es un instrumento de control destinado a equilibrar la concentración de poder en un régimen presidencialista
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El Convencional Constituyente de 1994 intentó reforzar el control legislativo sobre la figura del Jefe de Gabinete de Ministros. Para cumplir con esa finalidad de manera efectiva, la moción de censura debe impedir su redesignación hasta que la composición del órgano de control se modifique, lo que ocurre con la renovación periódica de Diputados y Senadores. La remoción expresa la voluntad política del Congreso en términos de pérdida de confianza en el Jefe de Gabinete de Ministros y esa decisión debe ser garantizada mientras se mantenga la misma composición parlamentaria. En otras palabras, permitir la redesignación inmediata por parte del Poder Ejecutivo constituiría una violación indirecta del artículo 101 de la Constitución argentina.
La moción de censura no es un mecanismo simbólico ni un gesto político carente de efectos, sino un instrumento de control destinado a equilibrar la concentración de poder en un régimen presidencialista. De este modo, el ideario de la reforma constitucional de 1994 se cumple de manera plena: el Congreso conserva una herramienta real para condicionar la permanencia del funcionario más relevante después del Presidente. La prohibición de redesignación durante la misma composición parlamentaria garantiza que la pérdida de confianza tenga consecuencias prácticas, refuerza la división de poderes y afirma la vigencia de un principio esencial: el respeto a la decisión política de los representantes del pueblo y de las provincias.
La moción de censura al Jefe de Gabinete de Ministros se erige como un hito en la construcción de un sistema constitucional más equilibrado, donde la responsabilidad política deja de ser un enunciado abstracto para convertirse en un límite concreto al poder presidencial.
Fuente: Perfil





