La reforma laboral, centrada en la revisión de los salarios a todo nivel

Recursos Humanos20/09/2025
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El ingreso salarial está primero en la preocupación de los que tienen trabajo registrado o no registrado en todos los niveles de ingresos.

En los momentos previos a las elecciones de septiembre 2025 de la Provincia de Buenos Aires, la mayoría de los entrevistados acusaba la insuficiencia de los ingresos, el trabajo no registrado sin reglas y la inseguridad con el trabajo informal.

En realidad, no tiene mucho que ver la queja con el curso inflacionario, sino que está ligado a la pérdida del poder de compra que confronta con los indicadores por la distorsión de los precios.

La baja de la inflación va desplazando el IPC del INDEC como referencia en el modo de cálculo. Si tomamos las mediciones del poder de compra, aún en los ingresos del cuartil superior, se verifica un retraso no inferior al 12% por las vicisitudes del mercado mayorista y minorista en relación con el consumidor directo, que en productos de consumo básico primario llega al 25%..   

Ya sabemos que la economía clandestina laboral supera el 40% a nivel país, incluyendo el empleo público nacional provincial y municipal, y que el empleo registrado no ha crecido y se mantiene en 6.200.000 trabajadores dependientes (con leves bajas), con un incremento sustantivo del trabajo autónomo que ya supera los 2.300.000 trabajadores independientes, en especial monotributistas.

Cuando se toma el nivel de ingreso mínimo de la canasta familiar del INDEC establecido agosto de 2025, el valor de la Canasta Básica Total (CBT) para una familia tipo de dos adultos y dos menores fue de $1.160.780. Este ingreso debe computarse como neto (sin retenciones de aportes y contribuciones), de modo que debemos estimar un monto en torno de los $1.400.000 de valor bruto de ingreso.

Este monto representa el ingreso mínimo mensual que necesita ese hogar para no caer por debajo de la línea de pobreza. Sin estas distinciones no estamos visualizando muy bien la situación económica en relación a los ingresos dependientes e independientes.

En rigor, siguen existiendo en la estructura salarial 4 niveles: el SMVM, el básico de los Convenios Colectivos, el salarios voluntarios de empresa, y las retribuciones variables generalmente otorgadas por distintos procedimientos de productividad rendimiento o evaluación por desempeño.

En lo que hace al Salario Mínimo Vital y Móvil de poco más de $300.000 no es representativo de la mínima retribución que debería cobrar un trabajador dependiente sin cargas de familia, en clara violación del art. 116 (LCT) que establece que es el mínimo de la retribución de un trabajador en una jornada legal que le garantice alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión (ahorro). Todo lo predicho debería poder concretarlo el trabajador con $10.000 por día.

En lo que hace al segundo piso mínimo, o sea al Salario básico de los Convenios Colectivos tenemos una importante dispersión, pero podemos tomar desde $1.000.000 a un máximo de $2.000.000 con excepciones puntuales en casos especiales como el de la Industria farmacéutico en la minería, el petróleo y el gas, como lo que ocurre en Vaca Muerta o con el litio.

En definitiva tenemos en los CCT en general para una jornada completa de 8/9 por hora y 48 horas semanales, en promedio- un piso de $1.200.000 y un tope de $3.400.000.

El salario adicional voluntario de empresa tiene también una importante oscilación entre cero (0) y desde un 8 al 12% como mínimo promedio, hasta un plus de alrededor del 60% variable, basados en sistemas medidos de productividad que requieren del logro de objetivos predeterminados, muchos de ellos medidos en forma grupal, colectiva, o por equipos, y otros en forma individual integrada.

Aun cuando se encuentran en desuso también existen los beneficios especiales de derechos accionarios. Otro tanto deberíamos apuntar con los bonos anuales, generalmente ligados a objetivos concretos.

El salario variable por productividad está ocupando un roll fundamental dado que, si se mantiene la tendencia declinante de la inflación, la misma deja de tener un papel relevante de ajuste, que, en rigor, no eran ni fueron aumentos, sino que se trataba de la carrera entre los salarios que según se decía subía por la escalera mientras que la inflación subía por el ascensor.

El personal excluido de convenio (según el propio CCT) el personal fuera de convenio que se corresponde con los mandos medios y superiores de las organizaciones, ofrece un escenario muy diversificado.

Algunas pautas son ya parte de la valoración del "payroll", entre la categoría máxima del convenio colectivo aplicable y el mínimo de la supervisión intermedia suele oscilar en el 25% como surge además de varios acuerdos (SMATA, empresas petroleras y de gas, y acuerdos de empresa) además de prácticas originadas en usos y costumbres.

El personal superior no tiene reglas uniformes, dependiendo mucho de si se trata de expatriados o locales, si son empresas multinacionales o locales, o si se trata de organizaciones exitosas o en crisis. En cualquier caso, allí es más que destacable el poder de negociación del ejecutivo, conforme su experiencia y antecedentes exitosos.

La reforma laboral en materia salarial opera por carriles independientes de la modificación de las normas de fondo, impulsado por la presión y tensión que crean las nuevas tecnologías, y lo imponen en el marco de la libertad contractual y las reglas del mercado, suplementadas por el mínimo vital y móvil, por los mínimos convencionales, por los acuerdos contractuales y en función de las nuevas reglas por resultado, mérito, evaluación individual y colectiva, y productividad competitividad y rentabilidad.

Nota:iprofesional.com

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