Las cinco diferencias en el sistema electoral que hacen que Argentina no sea Venezuela

Actualidad - Internacional31 de julio de 2024
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Argentina tiene miles de problemas. Pero si hay un aspecto en el que puede mostrar un diferencial positivo frente al habitual latiguillo en la arena política de "ser Venezuela", es en su sistema electoral. Tildado de obsoleto, analógico, complejo y lento es, a la vez y por gracia de estas características, seguro en sus resultados y con un control judicial y político cruzado que permite evitar situaciones como las que se sucedieron desde el domingo en Venezuela, donde se anunciaron resultados que -a esta altura- son sólo aptos para creyentes.

Nada de esto impide que con cada elección, el sector político que se autopercibe en desventaja busque instalar la idea de un posible fraude para azuzar a la ciudadanía y agregarle un problema adicional que luego nunca se termina verificando en la realidad, con los resultados en la mano. El sistema, una y otra vez, da prueba de su eficacia y consigue sobrevivir a los ímpetus modernizadores que pugnan por reemplazarlo por los intermediados por la tecnología que, paradójicamente, son los que terminan siendo más vulnerables. Si no, preguntar en Venezuela.

La garantía que está en juego es una de las más importantes de la democracia: la participación ciudadana plena y la certidumbre en los resultados que impiden alteraciones masivas que puedan torcer la voluntad popular expresada a través del voto.

Las cinco ventajas de Argentina

Fuera de la lista pero no menor, el sistema electoral argentino dio prueba fáctica de que permite la alternancia y de que elecciones organizadas por oficialismos de distinto signo han resultado en triunfos opositores, uno de los principales cuestionamientos hacia el régimen instaurado en Venezuela en el que la oposición llamaba a la abstención o tenía ausencia de garantías, algo que se hizo palpable en estos comicios. A punto de ingresar en las tres décadas bajo un mismo partido en Venezuela, desde el retorno democrático, en Argentina, en seis oportunidades hubo alternancia. Tres de ellas ocurrieron, precisamente, en las últimas tres elecciones presidenciales. La justicia electoral argentina jamás tramitó una sola denuncia de fraude tras estos resultados por parte de ninguno de los derrotados.

1. Trazabilidad de los resultados provisorios y definitivos:

Cuestionado desde siempre, el escrutinio provisorio -meramente informativo- ha sido perfeccionado por decisiones judiciales que han reglamentado cuestiones de transparencia, carga y publicidad, lo que ha permitido, en el registro histórico, tener un margen de error singularmente acotado respecto a los resultados definitivos, verificados de forma independiente por la justicia electoral, único con valor legal. Sus resultados son fiscalizados por las agrupaciones políticas participantes.

El doble recuento puede ser redundante pero suma una herramienta de fiscalización indirecta. Son dos documentos separados cuyos destinos corren en circuitos independientes y el informativo requiere la carga de resultados en herramientas informáticas con un determinado estándar para conjurar la manipulación informativa. Su eficacia permite monitorear cada mesa de votación y los errores o irregularidades terminan siendo anécdota cuando se constata la simetría entre ambos procesos.

Venezuela ha vuelto opaco tanto el sistema provisorio como el definitivo, lo que deja afuera a las propias agrupaciones políticas participantes que no acceden a la totalidad de los resultados ni a los parciales. A la larga, tampoco beneficia al oficialismo que tampoco cuenta con ninguna certidumbre para acercar a la menos informada de todas que termina siendo la ciudadanía. La autoridad electoral, en este sistema, termina siendo un oráculo. Esta noche, merced a presión opositora, subieron las actas correspondientes a las distintas mesas, en un intrincado recorrido para visualizarlas que no ayuda a la publicidad de actos gubernamentales.

En nuestro país, las elecciones cuentan con veedurías de miembros de reconocidos organismos electorales de la región, agrupados en la Unión de Organismos Electorales (UNIORE) y en otros foros internacionales como CAPEL. Pero en Venezuela, esos mismos organismos dejaron de participar en 2017 por ausencia de garantías para confirmar que los procesos son legítimos. Ni mencionar a los observadores internacionales, desinvitados a último momento. En Argentina, y por acordada de la Cámara Nacional Electoral está contemplada también la participación de organizaciones de la sociedad civil.

2. Escrutinio descentralizado ante autoridades electorales independientes:

El recuento con valor legal, en Argentina, está dividido en distritos, cada uno a cargo de la Junta Electoral correspondiente compuesta por un juez federal electoral y otros dos magistrados, regulada por la Ley Sáenz Peña. Lo que decide cada Junta luego puede y debe ser revisado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), máximo órgano electoral, con garantía de inamovilidad en sus cargos. En última instancia, cualquier revisión final queda en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En Venezuela, una reforma constitucional estableció un "Poder Electoral" -teóricamente diagramado para dotar de valor legal sus decisiones- materializado en un Consejo Nacional Electoral integrado por cinco rectores que, en la práctica termina siendo apéndice del poder político que los designó. A lo que se sumaron polémicos reemplazos y designaciones de esos representantes, mancillando una garantía de imparcialidad que luego pasa factura.

3. Plena participación de candidatos:

Leído muchas veces como un cuestionamiento, en Argentina se han garantizado las condiciones para que se postule a cargos electivos quien lo desee. Las PASO buscaron como efecto colateral tabicar para elecciones generales la proliferación de candidatos que no superaran un umbral mínimo para cerrarle el paso a los aventureros. En términos reales -no políticos- no ha habido proscripciones y se discute -a veces de manera recurrente- si debiera o no haber limitantes por alguna característica de exclusión externa que no haya sido contemplada en la Constitución Nacional.

¿Qué hubiese pasado en nuestro país si un organismo administrativo, fuera de la autoridad electoral, hubiese dispuesto la inhabilitación de algún candidato de la oposición? La Contraloría General de la República de Venezuela tomó esa decisión respecto de María Corina Machado, basado en fundamentos de presunto apoyo al bloqueo económico y de sanciones foráneas que atraviesa el país. La evaluación política sobre la candidata, sus motivaciones o intereses no está en tela de juicio, sino el diagrama institucional que permite su exclusión por un mecanismo que, en sus bases, termina siendo discrecional, es el quid de la cuestión. La pregunta que siempre subyace es, si esa herramienta estuviese bajo control de otro signo político, ¿Qué impediría que ocurriese lo mismo a la inversa? En nada han colaborado las ordenes de detención libradas contra líderes opositores a 24 horas de los comicios.

4. Presencia de representantes partidarios durante todo el proceso electoral:

Imágenes repetidas del pasado domingo en Venezuela, arrojaron impedimentos varios para los delegados de cada agrupación opositora para acceder a los lugares de votación, permanecer en ellos o presenciar, por ejemplo, el acto de recuento provisorio. Mucho menos, obtener copias de las actas correspondientes.

Por el contrario, el Código Nacional Electoral garantiza la presencia de los representantes de las agrupaciones fiscalizando en las mesas de votación, su libre traslado -inclusive pudieron cumplir esa función en otros distritos-, y obteniendo copias del resultado del proceso de cada mesa para contralor propio. Ese control se extiende al proceso de cierre de mesas y hasta el traslado de las urnas. Pero, también por decisión judicial, esa facultad se extendió a la fiscalización del recuento provisorio, ejecutado en la digitalización de los telegramas, la transmisión de la información y los respaldos de la carga. El folclore electoral muchas veces impide a los partidos políticos hacer gala de esas certezas que los oficialismos organizadores defienden sin vehemencia y casi de forma culposa.

5. Libre votación de residentes en el exterior:

Desde 1993, Argentina cuenta con una legislación que admite la votación de argentinos en el exterior con una inscripción irrestricta en el Registro especial para participar de elecciones generales. Desde 2017 es, además, automática con el cambio de domicilio en el DNI, más allá del estatus migratorio que tenga en el país de destino. En las presidenciales de 2023, el registro alcanzaba los 449.909 electores.

En Venezuela, con una emigración exponencialmente incrementada en los últimos años, el mismo registro para quedar habilitado funcionó como una barrera infranqueable y nuevamente discrecional a la autoridad política. Esto explica que 69.211 venezolanos estuviesen en condiciones de participar lo que, proyectado, habría dejado afuera aproximadamente al 98% de los residentes en el exterior.

Bajo la filosofía de que lo que funciona no debería romperse, sería una buena oportunidad para que la dirigencia política admitiera, aunque le cueste, que el sistema electoral, por su diseño -ciertamente vintage- goza de una fortaleza que sorprende al "modo argentino" de hacer las cosas. En miras de esa virtud, debieran buscarse caminos para su perfeccionamiento y evitar caminos refundacionales que pretendan importar experiencias que resultaron defectuosas en otras latitudes y habilitan problemas que nunca tuvimos. Un buen argumento para diferenciarse de Venezuela.

Ámbito Financiero

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