Un fallo judicial hace tambalear el veto de Javier Milei a la emergencia en discapacidad

Actualidad - Nacional19/08/2025
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El veto de Javier Milei a la emergencia en discapacidad empieza a tambalear. Los padres de dos chicos de 11 años diagnosticados con Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD) lograron que la justicia los escuche y se declare la invalidez del decreto que volteó la ley. El Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana hizo lugar este lunes a una acción de amparo promovida por la familia, que reclama que el veto pone en riesgo la continuidad de los tratamientos que los nenes necesitan para tener una vida digna. El fallo no sólo les da la razón sobre el fondo de la demanda, sino que además destruye los argumentos esgrimidos por el Presidente para justificar la medida. Dice que la coartada de que "no hay plata" es falaz y le exige al Gobierno garantizar los derechos del colectivo sin excusas. Incluso los manda a releer el texto de la ley vetada: les recuerda que en uno de los artículos se establece que el jefe de Gabinete debe reasignar partidas para garantizar los fondos. “El derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias”, aclara por si acaso. Si bien la resolución judicial solo se aplica a la familia en cuestión, abre la puerta a futuros reclamos similares y también a posibles amparos colectivos. Los argumentos de la sentencia serán tomados por la oposición durante la sesión de este miércoles en Diputados, donde esperan poder rechazar el DNU de Milei. 

"El fallo es una muy buena noticia", le dijo a Página/12 el diputado Daniel Arroyo, autor de la ley y uno de los impulsores del rechazo al veto que la oposición cocina a fuego lento desde hace semanas. "Lo que está diciendo la justicia es que el Estado no se puede retirar y abandonar a su suerte a las personas con discapacidad. Tiene que cumplir las prestaciones básicas. En ese marco, deja claro, como venimos sosteniendo, que no se trata de una cuestión fiscal, sino de la deuda que el Ejecutivo tiene con las personas con discapacidad y con sus familias", sostuvo, y agregó que espera conseguir los dos tercios en la sesión del miércoles: "Ya los tuvimos en junio cuando se votó la ley, tenemos que volver a lograrlo ahora".

La sentencia lleva la firma del juez Adrián González Charvay, que falló sobre el fondo del planteo. De todos modos, aún no está firme y en el Gobierno, según pudo saber este diario, estaban evaluando apelar. La apelación podría recaer en la Cámara Federal de San Martín, que viene de dictar la excarcelación de la expresa política Alexia Abaigar. 

Las organizaciones vinculadas al colectivo fueron prudentes respecto del fallo. "Si bien es un antecedente importante en la justicia, por ahora es solo un paso particular que suma al reclamo general", sostuvieron desde el Foro Permanente por los Derechos de las Personas con Discapacidad. Las ONGs tienen planeado apoyar la sesión para rechazar el veto con una "vigilia con velas" este martes en Plaza de Mayo y con una movilización en la Plaza del Congreso este miércoles, junto a los jubilados.

Derechos conquistados

El juez González Charvay hizo lugar al planteo de la familia basado en varios puntos fundamentales, muchos de los cuales pueden leerse más allá del caso particular:

*Plantea que la Ley de Emergencia viene a reparar un derecho lesionado por el ajuste en el área: "El veto cuestionado provoca como resultado directo el deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud que afecta a un grupo de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y demandan una protección especial por parte del Estado, en cumplimiento de las obligaciones constitucionales e internacionales”, dice. Y agrega que, si todo sigue como está (es decir, con la ley vetada y las prestaciones en emergencia) "se genera como resultado una alarmante pérdida de poder adquisitivo tanto para las personas (con discapacidad) como para sus familias, las instituciones educativas y de rehabilitación, y los profesionales que los atienden".

*También sostiene que es responsabilidad del Estado garantizar derechos adquiridos: dice que "los objetivos finales perseguidos por la ley" pasan por "cumplir con las obligaciones constitucionales" que adoptó el país al adherir a las convenciones internacionales en materia de discapacidad y derechos del niño. El veto, dice por eso mismo, es inconstitucional. 

*En su tramo más político, además, echa por tierra uno de los argumentos de Milei para vetar la ley. El DNU, insólitamente, cita aquella frase sobre el "equilibrio fiscal inquebrantable" firmado con los gobernadores durante el Pacto de Mayo de 2024. Al respecto, el fallo dice que no hay política pública coyuntural que se imponga sobre los derechos conquistados por las personas. "En el contexto de la observación relacionada con la suscripción del llamado «Pacto de Mayo» –que impondría la regla del «equilibrio fiscal innegociable», corresponde hacer notar, una vez más, la carencia argumental de tal conclusión. Ello así, por cuanto en el marco de nuestro sistema institucional, una política pública en modo alguno puede contradecir las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado Argentino en materia de derechos humanos, máxime si ello genera un resultado regresivo incompatible con el principio de progresividad en la satisfacción de derechos fundamentales", dice. 

*Finalmente, le contesta al Gobierno que los fondos para la emergencia están, sólo que el Gobierno no quiere usarlos. El argumento de que no hay plata "constituye un argumento falaz", agrega, "pues sin ningún esfuerzo interpretativo puede advertirse que la ley faculta al jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las ampliaciones y modificaciones presupuestarias tendientes a asegurar el financiamiento de las medidas de protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad y de los prestadores". "En esa lógica, es que, eventualmente, el PEN podrá reconducir las partidas como lo considere oportuno a fin de cumplir con el mandato legal", concluye. 

Vetar el veto
 
Con un costo fiscal del 0,03 por ciento del PBI para este año según la Oficina del Presupuesto del Congreso, la ley de Emergencia proponía un bono compensatorio para los profesionales en discapacidad de 100 mil pesos en mano y también aseguraba que el valor de la hora de servicio de los prestadores se actualice de acuerdo a la inflación. Tal como contó este diario, las instituciones están al borde del cierre y los profesionales cobrando sueldos de miseria: una maestra integradora recibe 300 mil pesos por mes por 4 horas de trabajo diario. 

Esa situación estuvo tan clara que la ley obtuvo un amplio consenso en ambas cámaras. La media sanción superó los dos tercios, con 143 votos afirmativos contra 71 negativos y 3 abstenciones; mientras que el Senado la aprobó definitivamente por unanimidad, con 56 votos a favor y ninguno en contra.

Lo que está por verse es si la oposición es capaz de reconstruir esa amplitud a la hora de rechazar el veto. Si bien es cierto que la ley salió con votos afirmativos del bloque de los radicales alineados con Milei, no está claro que los mismos legisladores se presten a darle un golpe en la mandíbula al presidente con el que acaban de cerrar frentes electorales este fin de semana. Habrá que ver si el fallo de este lunes tuerce algunas voluntades.

"Esperamos un gesto de los diputados", le dijo a Página/12 el referente del Foro Permanente por los Derechos de las Personas con Discapacidad, Pablo Molero. 

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