Prestigiosos constitucionalistas afirman que García Mansilla debe dejar la Corte





Los prestigiosos constitucionalistas Gustavo Ferreyra, Roberto Gargarella, Andrés Gil Domínguez y Eduardo Barcesat coincidieron ante una consulta de El Destape en que Manuel García Mansilla, el abogado que fue designado en comisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el presidente Javier Milei, debiera dejar el máximo tribunal del país luego de que el Senado rechazara de manera contundente su pliego junto al de Ariel Lijo. Los cuatro especialistas compartieron que el ingreso del abogado vinculado al Opus Dei al Alto Tribunal fue inconstitucional y que el duro revés que le aplicó la Cámara Alta lo obliga a abandonar el cuarto piso del Palacio de Tribunales. García Mansilla recibió 51 votos en contra y Lijo 43.
A esto se suma que inmediatamente después del rechazo de los pliegos por la Cámara Alta, el juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, se expidió en el caso en que se reclama la inconstitucionalidad del decreto de designación en comisión que rubricó Milei y dictó una medida cautelar que dispone que García-Mansilla “se abstenga del conocimiento y decisión de todas aquellas causas jurisdiccionales, así como la suscripción de resoluciones administrativas mientras actúe como juez ‘en comisión’”. Es decir, le prohibió la firma en la Corte por tres meses hasta que resuelva la cuestión de fondo que iría por el mismo carril.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó a El Destape que con el rechazo del Senado, “García Mansilla nunca va a ser un juez ratificado por la Cámara Alta, como establece la Constitución, sino solo un empleado del Poder Ejecutivo en la Corte sin independencia ni imparcialidad” por lo que “debiera renunciar hoy mismo”. Y añadió: “Si no renuncia y se quiere quedar, bastaría una resolución firmada por mayoría simple en el Senado rechazando su designación como juez en comisión ya que es el Senado el que tiene la facultad de aprobarlo como ministro supremo”.
“La Constitución reformada, desde 1994, prohíbe la designación presidencial de comisionados del ejecutivo en la Corte Suprema de Justicia. Por tanto, la nominación es nula de nulidad absoluta porque acumula una suma del poder pública vedada por el artículo 29 desde 1853”, explica el catedrático en Derecho constitucional, Gustavo Ferreyra, a este medio. “La asunción de funciones en la Corte por una persona comisionada por el presidente constituye un acto abierta y manifiestamente inconstitucional que no puede curarse”, señaló ante la consulta de El Destape. Y precisó respecto a la situación de García Mansilla tras la decisión de la Cámara Alta: “El acto institucional expreso por el cual el Senado rechaza el pliego del mismo juez que asumió inconstitucionalmente en comisión delegado por el presidente comporta la necesidad de su renuncia inmediata. Ya que no habría ni idoneidad técnica ni moral, requisitos de los requisitos para ser servidor público en la República establecidos por el artículo 16 de la Constitución”.
El también catedrático en Derecho Constitucional Roberto Gargarella criticó a García Mansilla por la forma en que accedió a la Corte Suprema, es decir, por haber dicho en una audiencia pública en la Cámara Alta que no aceptaría ingresar al Tribunal Superior en comisión y luego tras ser nombrado por decreto por el Ejecutivo jurar sin importarle lo que había afirmado ante los senadores. Gargarella, en diálogo con este medio, consideró también que tras la votación del Senado de este jueves el abogado debería abandonar el Alto Tribunal: “Creo que, desde un principio, García Mansilla no debió haber mentido, no debió haber jurado, no debió haber asumido. Su designación no está sostenida constitucionalmente, y era muy importante que tuviera un comportamiento ejemplar, mostrando que así no se pueden aceptar los nombramientos. Si no hubiera mentido, si hubiera cumplido con su palabra y con la Constitución, se hubiera ganado la respetabilidad y apoyo de muchos quienes estábamos expectantes a su conducta, luego de las promesas sensatas que había hecho, de no aceptar, y por las buenas razones. Ahora, se encuentra usurpando un lugar, ya debía haberse retirado pero, bien, llegados a esta situación, por supuesto que si el Senado que debía respaldarlo, le quita explícitamente su respaldo, ya no tiene ninguna argucia para alegar a su favor”.
Por su parte, el constitucionalista Eduardo Barcesat se expresó en la misma sintonía que sus colegas. El letrado afirmó a El Destape: “El Dr. García Mansilla está incursoniando en un obrar nulo, de nulidad absoluta e insanable, como lo son todas las nulidades constitucionales. En audiencia previa sostuvo que tenía que ser nombrado con acuerdo del Senado (artículo 99, inciso 4°, CN); luego fue corriendo y prestó juramento y se amparó, en toda consulta pública, en que el nombramiento operó en el marco del artículo 99, inciso 19 de la CN. Falso de toda falsedad, porque los nombramientos en comisión a que refiere el artículo 99, inciso 19, es respecto de funcionarios de cierto rango que integran el Poder Ejecutivo Nacional; no así el Poder Judicial de la Nación, que tiene cláusula específica y agravada en cuanto a los requisitos para asegurar la independencia y bien obrar de sus integrantes. Su pliego debe ser rechazado por el Senado de la Nación, e inmediatamente impedido de permanecer un minuto más en el cargo de Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Y añadió que “el Poder Ejecutivo no puede imponerle nombramientos en comisión a la Corte”.
Barcesat también advirtió que la si la Corte sigue manteniendo a García Mansilla “en funciones, hasta el 30 de noviembre de 2025, hay que pedir el juicio político respecto de todos los integrantes del Poder Judicial”.
García Mansilla y Ariel Lijo habían sido designados en la Corte en comisión por Javier Milei el 25 de febrero pasado, en la víspera del fin del receso del período legislativo. El primero de ellos aceptó jurar ante los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dos días más tarde y desde entonces se encuentra en el Tribunal Superior. Este jueves, por ejemplo, mientras se desarrollaba la sesión, firmó decenas de fallos. La situación de Lijo fue abordada por los cortesanos una semana más tarde que la de García Mansilla. De hecho, el comisionado participó de la resolución por la que se rechazó la toma de juramento del juez de Comodoro Py. Rosatti, Rosenkrantz y García Mansilla consideraron que Lijo debía renunciar a su cargo de juez de primera instancia para poder acceder en comisión a la Corte. El magistrado adelantó que no iba a hacer eso y apostó a que la Cámara Alta le aprobara su pliego para acceder al máximo tribunal. Esa expectativa se hizo añicos contra la realidad este jueves. Ambos pliegos fueron rechazados en el Senado.
Por eso, ante este nuevo escenario, la posición de los constitucionalistas consultados por El Destape es contundente y no deja margen a dudas respecto a que García Mansilla debiera dejar su cargo en la Corte. Sin respaldo del Senado, el comisionado en la Corte que juró hace poco más de un mes perdió toda legitimidad.
Por Franco Mizrahi / El Destape