Cuánto cuesta escriturar una casa en 2025 y cómo se hace

Actualidad03 de marzo de 2025
584305 (1)

Ala hora de adquirir un inmueble, ya sea con un crédito hipotecario o pagando con dinero propio, es necesario escriturar la propiedad. Esto implica el pago de ciertos ítems establecidos por ley y que son obligatorios de pagar para poder hacer el trámite de la escritura.

En otras palabras, escriturar un inmueble implica el pago de impuestos, tasas y otras obligaciones tanto para el comprador, como para el vendedor, los cuales generan un costo adicional a la operación.

¿Cuánto cuesta escriturar una propiedad en 2025?
La escritura es el último paso a la hora de comprar un inmueble. Este documento deja asentado el acuerdo de las partes involucradas, como también se formaliza el trámite. En esta instancia se deben realizar determinados trámites para obtener la escritura, como los certificados, al igual que el pago de impuestos y tasas.

En términos generales, el vendedor debe ocuparse de todos los gastos previos a la escritura, como estudio de títulos, certificados, etc. Por otro lado, el comprador debe abonar por la inscripción en el registro de la propiedad y los honorarios del notario. El valor a pagar varía según el lugar en el que se encuentre la propiedad.

El costo de escriturar en CABA
En el caso de CABA, el vendedor debe abonar los siguientes gastos sobre la base del precio de escrituración:

Certificados: el vendedor debe asumir el costo, previo a la escritura de los documentos que habiliten la operación, como el certificado de dominio o el informe de inhibiciones. El costo de estos podría alcanzar el 0,2% del precio del inmueble
Impuestos Cedular: en el caso de que el inmueble que se vende fue adquirido luego del 1/1/2018 y no se trata de una vivienda única, se debe abonar el 15% por Impuesto a las Ganancias Cedulares. Esta no la retiene el escribano, sino que lo paga el vendedor ante el organismo de recaudación. Si la parte vendedora es una persona jurídica, se le retendrá el 3% en concepto de anticipo de Impuesto a las Ganancias
Impuesto de Sellos: aplica tanto en la CABA como en las otras 23 provincias del país. Al ser un tributo local, cada jurisdicción establece la base y el hecho imponible. En Capital Federal, este impuesto es del 1,8%
Valuación VIR: el VIR o Valor Inmobiliario de Referencia se solicita a la AGIP y lo pagan equitativamente comprador y vendedor, salvo que exista otro tipo de acuerdo entre las partes
Certificación de firmas: el vendedor debe pagar lo que le corresponda en la certificación de firmas ante escribano público. Este costo varía según la escribanía
Deudas: en el caso de que existan pagos de expensas pendientes o deuda de impuestos, como el ABL u otros impuestos relacionados con la propiedad, el vendedor debe abonarlas antes de escriturar
Estudio de títulos: se trata de una investigación minuciosa acerca del estado jurídico del inmueble en la que un notario o abogado analiza los antecedentes de la propiedad, principalmente con el objetivo de evitar fraudes. Esta verificación genera un costo del 0,2%
Comisiones inmobiliarias: en CABA, la comisión que abona el vendedor a la inmobiliaria es del 3% del valor de la propiedad más IVA
Otros gastos: algunos costos adicionales para el vendedor podrían incluir actualizaciones de planos, desocupación del inmueble, entre otros
Teniendo en cuenta todos los gastos de una operación de compraventa generados para el vendedor, se estima un gasto aproximado de entre el 2% y 4% del precio de venta, además de la comisión inmobiliaria.

Por otro lado, la parte compradora debe pagar:

Impuesto de sellos: de la misma manera que lo hace el vendedor, el comprador debe abonar el 1,8% teniendo como base el precio de la escritura. Si se adquiere para vivienda única, familiar y de ocupación permanente, este impuesto se reduce
Tasa de inscripción: se trata de una tasa variable que se paga a raíz del derecho de inscribir el inmueble en el Registro de Propiedad
Honorarios profesionales: el comprador de la propiedad debe pagar el 2% de los honorarios profesionales, más IVA
Comisión inmobiliaria: el comprador paga entre el 3% y el 4%. Los honorarios inmobiliarios están regulados por Ley y por el Colegio Profesional Inmobiliario
Todos estos gastos implican un pago extra del 4,25% del precio de la escritura que el comprador se comprometió a pagar.

Gastos de escritura en la provincia de Buenos Aires
En el caso de la Provincia de Buenos Aires, el vendedor debe hacerse cargo de los siguientes cosos:

Impuesto cedular, si el bien vendido fue adquirido después del 1 de enero de 2018
Sellos: sebe pagar un impuesto del 1% sobre el precio de la escritura.
Estudios de títulos: se calcula que cuestan aproximadamente el 0,2% del precio de la escritura. Para los certificados e informes (dominio, embargos, inhibiciones, etc.) se calcula un 0,2% del costo total de la escritura
Al sumar los porcentajes de los gastos, el vendedor de un inmueble en la Provincia de Buenos Aires debe destinar el 2,90% de la base del precio de la escrituración para concluir este trámite con éxito. Esto debe sumarse a la comisión inmobiliaria acordada, que suele oscilar entre el 3% y 4% del valor de la propiedad.

Asimismo, la parte compradora debe abonar para escriturar:

El pago del 1% de impuesto de Sellos teniendo como base el monto de la escritura
El 0,2% de Tasa de Inscripción
Por último, en lo que respecta a los honorarios profesionales, se debe abonar un 2% aproximadamente. Estos pagos hacen un total aproximado del 3,45% del monto por el cual se escritura el inmueble, al que se debe sumar las comisiones inmobiliarias acordadas.

¿Qué documentación debe presentar el comprador y el vendedor?
Tanto el comprador como el vendedor deben presentar DNI como también la constancia de CUIT, CUIL o CDI. Asimismo, se debe presentar documentación de la propiedad. Dentro de este apartado se encuentra la escritura anterior donde figura el legítimo propietario y los planos del inmueble aprobados por la autoridad competente.

Asimismo, se debe contar con un Informe de dominio emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra el bien. También es necesario contar con el certificado de inhibiciones. En el caso de edificios de departamentos nuevos, se añade el documento final de la obra y el reglamento de copropiedad. Por último, se deben tener los impuestos y tasas al día, además de contar con el libre de deuda de expensas, en el caso de que aplique.

 Nota:iprofesional.com

Te puede interesar