Empieza a regir la receta electrónica: qué cambia a partir de este 1 de enero

Actualidad - Nacional01 de enero de 2025
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Este miércoles, 1 de enero de 2025, entró en vigencia la receta electrónica que, de acuerdo a una normativa reglamentada hace seis meses, se convertirá en la única modalidad válida para la prescripción de medicamentos. 

La Ley Nacional de Recetas Electrónicas (Nº27.553) fue reglamentada el 1 de julio de 2024 y otorgó 180 días para la adecuación de las plataformas y repositorios. El plazo fin finalizó el 31 de diciembre y este miércoles entra en vigencia el nuevo sistema.

Según el Decreto 345/2024, la prescripción de medicamentos deja de ser en papel y comienza a ser obligatoria exclusivamente mediante los soportes registrados en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Sin embargo, la aplicación no será homogénea: sólo 11 de las 24 jurisdicciones adhirieron a la reglamentación de la receta médica electrónica del Ministerio de Salud de la Nación. Son Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.

La provincia de Buenos Aires, y la Ciudad de Buenos Aires, Chubut y La Rioja tienen su propias normativas de recetas electrónicas. Río Negro y Santa Fe, proyectos similares en marcha.

Las prepagas, al ser reguladas desde Nación, deben adaptarse a la receta electrónica. Mientras que en los hospitales no nacionales de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires convive el sistema mixto de receta electrónica + receta de papel. 

Nueva receta electrónica: qué debe contener

Para que las recetas electrónicas tengan validez, deberán incluir estos requisitos:

  • Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.
  • Código de barras.
  • Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo.

Descripción del medicamento recetado, qué debe detallar:

  • Nombre genérico o denominación común internacional
  • Presentación
  • Forma farmacéutica
  • Cantidad de unidades
  • De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
  • Diagnóstico
  • Fecha de emisión
  • Firma digital del profesional
     

En desarrollo...

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