¿Cuánto cobra un jubilado docente con 30 años de aporte?

Recursos Humanos 03 de junio de 2024
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Muchas personas que fueron docentes gozan del beneficio de jubilarse a los 55 años de edad, siempre que tengan 30 años de aportes. ¿Pero a cuánto asciende la jubilación de los docentes? 

Como ocurre con todas las profesiones, la jubilación que cobran los docentes depende de los aumentos decididos por el Gobierno, pero el haber inicial lo determinan los sueldos cobrados en los últimos años de actividad

Y como los sueldos de los docentes dependen de las autoridades provinciales de Educación, no es un parámetro decir que hay un monto de jubilación para docentes con 30 años de aportes al sistema de Seguridad Social. Ese ingreso va variando de lugar en lugar. 

Jubilación docente

Como dijimos, la jubilación que cobra un docente en la Argentina se determina primero por su salario en actividad, y luego por los aumentos y actualizaciones que decide el Gobierno.

Por caso, los jubilados docentes de la Provincia de Buenos Aires tuvieron un aumento del 13,5% del haber en marzo. En ese momento, la jubilación docente en ese distrito pasó a tener los siguientes valores:

Maestro de grado inicial: entre 453.549 y 550.738 pesos
Maestro de grado Rama Especial: entre 486.689 y 590.980 pesos
Preceptoría, Rama ESB: entre 390.508 y 446.295 pesos
Profesor 10 módulos, Rama ESB: entre 336.253 y 384.290

Con qué jubilación se retiran docentes de grado y preceptores

El haber mensual de las jubilaciones ordinarias y por invalidez del personal docente e por ley el equivalente al 82% móvil de la remuneración mensual del cargo u horas que tuviera asignado al momento del cese, o bien a la remuneración actualizada del cargo de la mayor jerarquía que hubiera desempeñado por su carrera docente por un lapso no inferior a 24 meses, ya sea como titular, interino o suplente.

Por eso es que cuando en cada provincia y en la ciudad de Buenos Aires las autoridades de Educación negocian directamente con el sindicato docente correspondiente la actualización salarial por paritaria, también impacta en las jubilaciones.

Régimen especial de jubilación docente en Anses

¿Por qué hay docentes que llegan a jubilarse a los 55 años de edad en lugar de a los 60 en el caso de las mujeres y los 65 en el de los hombres? Porque su actividad tiene algunos regímenes previsionales particulares.

El régimen especial de jubilación docente en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) es para todo el personal de nivel inicial, primario, medio, técnico y superior no universitario, de establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial. Está determinado en la ley nacional 24.016 y sus modificatorias.

Entonces, los requisitos para jubilarse como docente son:

60 años para los hombres
57 años para las mujeres
30 años de servicios como docente, reduciéndose a 25 años si 10 de ellos, continuos o discontinuos, han sido al frente de alumnos.

Cuáles son los requisitos para jubilarse a los 55 años como docente

Además, a quienes presten servicios en escuelas de ubicación muy desfavorable o de educación especial, se les computarán 4 años por cada 3 de servicios efectivos.

Por estos dos últimos factores es que hay docentes que pueden retirarse antes.

Además, los docentes de escuelas de frontera en el nivel primario o preprimario, o de establecimientos de enseñanza diferenciada, pueden jubilarse sin límite de edad acreditando 25 años como docente al frente directo de alumnos.

Jubilación por IPS

Pero no todos los docentes se jubilan por Anses. Hay algunos casos donde el beneficio se tramita en el Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS). 

Los que deben elegir la jubilación docente por IPS son aquellos cuyos aportes jubilatorios se hayan realizado a esa caja previsional.

Conviene jubilarse por IPS siempre que el afiliado registre mayor cantidad de años de servicios con aportes a este organismo, y no a la Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses.

Cuáles son los docentes que tramitan su jubilación por IPS

Además, se deben dar los siguientes requisitos:

Tener 60 años de edad y 35 años de servicios;
Tener 50 años de edad y 25 años de servicios docentes;
Tener 55 años de edad y 30 años de servicios docentes en cualquiera de las ramas de la enseñanza;
Tener 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres o agotamiento prematuro;
Tener 40 años de edad y 20 de servicios al personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile;
Tener 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona afectada de ceguera congénita;
Tener 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona bajo el régimen de la ley 10593.

Es decir, solo en algunos casos es posible tramitar la jubilación anticipada por IPS. El haber a cobrar por la jubilación de IPS se determinará teniendo en cuenta el mejor cargo desempeñado durante toda la carrera laboral. El mejor cargo debe haberse ejercido por 36 meses consecutivos o 60 alternados con aportes.

Para el cálculo, se tendrán en cuenta los sueldos de asignaciones percibidas por todo concepto, incluidos los suplementos y bonificaciones adicionales que revistan el carácter de habituales, regulares, y permanentes. En cuanto al porcentaje corresponde como base un 70% del sueldo de ese cargo y hasta un 85% del mismo.

Jubilación de docente universitario
Los docentes universitarios también tienen un régimen provisional especial para su actividad, determinado en la ley 26.508. 

Cuál es el régimen de jubilación de los docentes universitarios
Los requisitos en este caso son:

25 años de servicios universitarios docentes de los cuales 10 como mínimo continuos o discontinuos deben ser al frente de alumnos;
Cuando no puedan acreditarse períodos completos del lapso exigido de servicios universitarios, los mismos serán considerados servicios comunes a los efectos del haber de la prestación, rigiéndose por el régimen previsional general vigente;
60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años de edad para los varones. En ambos casos, ante la intimación del empleador, cualquiera fuere, los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante 5 años más después de los 65 años.

La mencionada ley dice también que el haber mensual de las jubilaciones ordinarias del personal docente universitario no podrá ser inferior al 82% del cargo o sumatoria de cargos desempeñados al cese durante un periodo mínimo de 60 meses continuos o no de su carrera docente universitaria.

Por lo tanto, la jubilación de un docente en la Argentina estará determinada en principio por el régimen previsional especial que corresponda con la actividad desempeñada, además del salario de los docentes en actividad de su distrito, y de las actualizaciones que ese haber reciba.

Nota:iprofesional.com

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