Una carrera con obstáculos, difícil, pero no imposible. Esa es la evaluación que hacen los abogados de Cristina Fernández de Kirchner, jueces de distintos fueros y otros juristas, todos consultados por Página/12, sobre la ofensiva centrada en que le levanten, aunque sea con una cautelar, la inhibición que le impide ser candidata. El objetivo es postularse en 2027 y entraña una jugada en la interna del peronismo y la oposición. Por supuesto que el primer obstáculo está en el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que, no sólo debería tratar el caso en la reunión de octubre, sino que tendría que dictar una medida provisional, diciéndole a la justicia argentina que le restituya a la expresidenta el derecho a ser candidata.
Esa resolución se transmitiría a través de la Cancillería y el Ministerio de Justicia, pero debe ser tratada por los tribunales argentinos. En ese terreno, no existe jurisprudencia. La mayoría de los juristas consultados afirman que quien debería revisar la condena es la Cámara de Casación, con una nueva integración, mientras que otros -los menos- sostienen que quien tiene que resolver es la Corte Suprema. Como es obvio, la política jugará su papel. El aparato judicial ha sido una máquina de persecución política y de favorecer, por ejemplo, la reelección de Javier Milei.
Primer paso
Desde ya que el puntapié inicial fue la presentación que hicieron los abogados de CFK, Carlos Beraldi, Javier Borrego y Rafael Valim ante el Comité con sede en Ginebra. Lo central es el pedido de cautelar para que a la expresidenta se le suspenda la inhabilitación para ejercer cargos públicos que fue parte de la escandalosa condena en el caso Vialidad.
El mayor problema es que el Comité debe aceptar el caso y dictar la medida provisoria (cautelar) en octubre mismo, mientras trata los temas de fondo sobre el proceso de Vialidad. No es sencillo, porque el Comité suele preguntarle al Estado denunciado y recién después dictamina. Lula, por ejemplo, presentó un pedido de cautelar en 2016 y la respuesta recién llegó en 2018. Y también Rafael Correa hizo una presentación para que haya una medida provisoria que le permita participar de los procesos electorales de Ecuador y no logró que lo habilitaran.
Sin embargo, el exintegrante del Comité, Fabián Salvioli, le dijo a Página/12 que “una medida provisional es difícil, pero no imposible. Hay que ver cómo lo toma el Comité. En general, las cautelares son habituales en condenas a muerte y menos en casos de derechos políticos. Pero está el antecedente de Lula, aunque demoró”.
La cuestión, en el caso de Cristina, es que la medida cautelar es de urgencia, ya que, de no dictarse en octubre, la próxima reunión del Comité recién será en marzo de 2027. No es tardísimo, pero sucede que el proceso se trasladará a la Argentina.
En Tribunales y Comodoro Py
Si el Comité le da curso a una medida cautelar para que a Cristina le permitan participar electoralmente, la mayoría de las opiniones coinciden en que es vinculante, aunque el nombre de lo que dicta el Comité es “recomendación”.
A partir de ahí entran las discrepancias y enfoques distintos. Es evidente que desde Naciones Unidas le harán una comunicación a la Cancillería y desde ahí notificarán al Ministerio de Justicia. El siguiente paso es el traslado a lo tribunales argentinos. En este último terreno están las discrepancias.
Según la justicia electoral, hoy por hoy Cristina no está en el padrón electoral y está inhabilitada para ejercer cargos públicos por condena firme.
Hay un debate respecto de las PASO que, supuestamente, no son la elección para ejercer un cargo público sino para elegir una candidatura. Los jueces electorales dudan mucho de este enfoque -“es una elección que derivará en un cargo público”, afirman-, y parece evidente que llevará a un debate jurídico. Pero si el Comité dicta la cautelar, están los que piensan que directamente la Cámara Nacional Electoral -que rige los comicios- debe habilitarla.
Los jueces electorales, en cambio, afirman que existe una condena en Vialidad, con una accesoria -la inhabilitación- y debe ser la justicia penal la que revise esa accesoria por mandato de las Naciones Unidas. Según la defensa de CFK, la revisión la tiene que hacer la Cámara Federal de Casación, aunque no deben intervenir los jueces que ya intervinieron. Es el camino que marca -afirman los letrados- el Código Procesal Penal Federal.
Hay quienes opinan -son una minoría-, que la Corte fue la que confirmó la condena y es la que debe revisar lo decidido. En verdad, el máximo tribunal no es que confirmó el fallo Vialidad, sino que rechazó un recurso. En cambio, Casación sí evaluó el fallo en sí mismo. Se diga lo que se diga, parece improbable que la Corte quede al margen del proceso: algún gesto o indicación hará.
Todos están de acuerdo en que no hay jurisprudencia y que es un camino que carece de antecedentes. De manera que habrá que ver en su momento lo que sucede. Lo que recoge menos adhesión es la alternativa de no acatar una resolución de Naciones Unidas.
Más allá de los procesos judiciales está la cuestión política. El aparato de Comodoro Py y la Corte han sido un instrumento de persecución del macrismo y el mileismo, de manera que es muy probable que las cosas se terminen evaluando -si sale la cautelar- con la mirada puesta en la elección presidencial y, más precisamente, en la reelección de Javier Milei. Es lo único que importa en la Casa Rosada y se traslada de manera directa al terreno de una falsa justicia independiente.




























