El veto del Beto
Si tener éxito en vetar una ley que apuntaba a aliviar el hambre de «viejos» que podrían ser sus padres (Alicia y Norberto), pero no lo son, ahora el presidente Javier Milei pretende hacer lo mismo con otra norma dirigida a devolver la dignidad a los salarios de personas con méritos suficientes como para trabajar en la Universidad Pública Argentina, como podría ser él (pero no lo es).
La Ley de Financiamiento Universitario aprobada el pasado 12 de septiembre por el Congreso de la Nación, busca recomponer el presupuesto de las Universidades Nacionales mediante una cláusula de actualización por inflación retroactiva al 1° de diciembre del año pasado, tanto para los salarios docentes y no docentes, como para los gastos de funcionamiento. Además, establece la ampliación anual y progresiva del monto y el número de beneficiarios de las becas estudiantiles.
Este 2 de octubre, una nueva y multitudinaria marcha federal clamó en todo el país por la promulgación de la ley por parte del Poder Ejecutivo y la urgencia de sostener una universidad pública, gratuita y de acceso libre, como un verdadero motor de la movilidad social ascendente, motivo de orgullo por su alcance territorial, su calidad y su eficiencia.
En sentido contrario al mensaje del pueblo, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº.879/2024 por el cual el presidente Milei vetó la norma. Corresponde entonces, analizar la rica guarnición de doctrinas económicas delirantes, completamente alejadas de la realidad, que acompaña a los, cuanto menos polémicos, razonamientos jurídicos diseminados en sus considerandos.
Vale la pena detenernos, especialmente, en tres considerandos que incorpora el decreto. En primer lugar, aquel que resume el argumento general, y que recién aparece en el lugar 37 de esa larga exposición discursiva: “Que la economía tiene reglas claras y la primera de ellas es que no se puede gastar más de lo que ingresa.”
Esa frase contiene tres afirmaciones:
- Que la economía tiene reglas claras.
- Que no se puede gastar más de lo que ingresa.
- Que 2) ocupa el primer lugar entre las reglas mencionadas en 1).
Empecemos por el final: lo absurdo de plantear un ordenamiento (a todas luces caprichoso), en esas supuestas reglas claras de la economía. Incluso de existir dichas reglas, y de tener las mismas una claridad tal que les otorgue reconocimiento por parte de todas las escuelas y tradiciones del pensamiento económico, pretender que su orden no sea motivo de debate entre estas diferentes visiones ya es demasiado.
Por eso, parándonos en la propia escuela austríaca, tal como nuestro autoproclamado “especialista en temas de crecimiento económico con y sin dinero”[1] gusta interpretarla al declamar que: “los impuestos son un robo”[2], podemos concluir que:
Si los impuestos son un robo, esa sería la primera regla de la economía (o al menos la primera en el plano fiscal), que invalidaría la existencia misma del Estado y el despliegue de todas sus funciones, expresadas financieramente en el gasto público. Sin ingresos y sin gastos, la discusión sobre el déficit (y la necesidad de que “la economía” tenga una regla que lo prohíba), carece de sentido.
En cuanto a la aseveración acerca de la existencia de reglas en la economía, que, al menos, tiene la delicadeza de no referir explícitamente a las “leyes de la economía”, supone negar su estatus de ciencia social y suponerla una suerte de ciencia exacta o natural. Las propias dificultades del gobierno para formalizar, comunicar e implementar, en forma mínimamente exitosa, un plan económico que contemple, con coherencia, aspectos básicos como la política fiscal, monetaria, cambiaria, comercial y de ingresos, da cuenta de una complejidad mucho mayor de la realidad económica que la que sus propias capacidades intelectuales, doctrinarias e ideológicas le permiten admitir.
Pero vayamos ahora al corazón de nuestro razonamiento, que no se limita ya a procurar demostrar la inconsistencia interna de lo que afirma el Decreto, sino su total enajenamiento y desconocimiento respecto al funcionamiento de la economía mundial realmente existente.
Según datos del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (que ojalá no corran riesgo, por haberse animado a publicarlos, de ser acusados de extremismo marxista), sistematizados en el artículo de Rubén Ciani, “Apuntes para el debate. El déficit fiscal se achicó y la inflación creció”, de septiembre de 2023, durante los diez años incluidos en el período 2010-2019 (de relativa calma mundial, tras la crisis financiera global de 2008-2009 y previos a la pandemia), para un total de 192 países miembros del FMI, hubo déficit fiscal, en promedio, el 77,5% del tiempo (es decir que el equilibrio o superávit fiscal se dio una vez cada cuatro o cinco años).
En la misma línea, casi la mitad de esos países (un total de 89) tuvieron déficit todos y cada uno de esos diez años (incluyendo a 15 naciones del G20, entre las que aparecen Estados Unidos y Australia, además de países de la región como los dolarizados Ecuador y El Salvador o Uruguay), y casi dos tercios del total (125 países) tuvieron déficit durante ocho años o más de esa década (sumando a casos como Chile).
En cambio, solamente un 3% de los países del mundo (6 casos) tuvieron superávit durante todo el decenio: Nauru, Macao, Singapur, Kuwait, Noruega y Corea del Sur. Es decir, un microestado insular, dos ciudades-estado, dos países muy ricos en hidrocarburos y Corea del Sur.
A lo largo del período 2019-2023 el déficit primario de Argentina (sin contar los gravosos intereses de la deuda pública), no fue distinto al promedio mundial (salvo en 2020, cuando, en plena pandemia, resultó un punto más alto), pese a lo cual nuestra inflación estuvo entre las más elevadas del planeta. Esto desmitifica la pretendida relación absoluta (aplicable en todo tiempo y lugar) entre inflación y déficit. Otra de esas “reglas claras” que tiene “la economía” vaya uno a saber provenientes de que mesiánico delirio.
Un segundo considerando seleccionado refiere a que la ley sancionada “no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.
Ahora bien, de acuerdo con la Oficina de Presupuesto del Congreso Nacional, el costo fiscal de las medidas incluidas en la norma alcanza el 0,14% del PBI.
Este guarismo es similar a lo que se deja de recaudar en el impuesto a las ganancias por las deducciones personales por gastos educativos en instituciones privadas, incorporadas a fines de 2022, y que constituyen una medida claramente regresiva porque favorece a los deciles más ricos de la distribución del ingreso (quienes tributan ganancias), además de operar como un subsidio a la demanda (cuando la tradición argentina es mayoritariamente financiar a la oferta en todos los niveles educativos).
También el costo de la Ley de Financiamiento Universitario es comparable en cuantía con una exención del mismo impuesto a las ganancias: la que favorece a funcionarios y magistrados del Poder Judicial, que constituye un privilegio para el sector, rompiendo el principio tributario de equidad horizontal (mismo tratamiento impositivo para quienes poseen igual capacidad contributiva).
Adicionalmente, si el argumento para negar el pan a docentes y no docentes de Universidades Nacionales, como antes se negó a adultos mayores y personas con discapacidad, es que “no hay plata”, tiene sentido preguntarse para quién sí la hubo.
Tomando los últimos datos abiertos disponibles del anuario de la AFIP correspondientes a 2021, se puede estimar que, de adherirse al régimen especial previsto para el pago del impuesto a los Bienes Personales, sumando, así, sus beneficios a los de la rebaja de alícuotas, que se han establecido en la ley de “Medidas fiscales paliativas y relevantes”, las 992 personas más ricas del país que (sin contar inmuebles rurales) tenían un patrimonio, en 2021, en promedio de unos 22.000 millones de pesos cada una (esto es, más de 100 millones de dólares, al tipo de cambio no oficial, por persona), se van a ahorrar, por año, no menos de 352 millones de pesos por persona, en términos de un menor pago de este tributo.
Si dividimos esos casi 350.000 millones de pesos de renuncia fiscal en beneficio de los mega ricos, entre las 220.000 personas (entre docentes y no docentes) que han sufrido el ajuste de sus remuneraciones, necesario para que ese obsequio a quienes más tienen no genere déficit fiscal, ello implica unos 1,6 millones de pesos por trabajador de UUNN al año, unos $120.000 al mes (brutos, contando aguinaldo) y equivale a poco menos de la mitad de los 811.569 millones de pesos que, en otros de los considerandos, el Decreto reconoce como impacto fiscal de la Ley vetada (y, por ende, como monto de lo que los sueldos de docentes y no docentes perdieron contra la inflación).
Así, cada una de las 992 personas que en Argentina reconocían ante el Estado una riqueza propia de más de 100 millones de dólares, en promedio, están en condiciones de obtener del mismo, en forma de menor monto a pagar por el impuesto a los Bienes Personales, en 2024 (y, si nada cambia, también lo recibirán en cada uno de los tres próximos años), un regalo de un valor equivalente a un departamento de 70 metros cuadrados en Puerto Madero, financiado para cada uno de estos hiper ricos por 221 docentes y no docentes empobrecidos.
Por último, otro considerando reza: “que, en todo caso, el financiamiento debe ser discutido al momento de sancionarse el Presupuesto Nacional para el ejercicio fiscal que corresponda”.
Frente a este argumento, hay al menos dos cosas para señalar: la primera, el ejercicio que hubiera correspondido discutir, en este caso, era el 2024, pero el gobierno nacional se negó a debatir la propuesta de presupuesto enviado por el gobierno anterior el 15 de septiembre de 2023, y tampoco en la transición, o al momento de asumir, armaron una propuesta propia de Presupuesto para 2024. Prefirieron prorrogar el presupuesto aprobado el ejercicio anterior y con eso tener la discrecionalidad de recortar y modificar partidas a gusto y piacere.
La segunda: el proyecto de ley de Prepuesto Nacional para 2025 enviado por el presidente Milei, prevé para todo el sistema universitario (incluye a las 62 universidades nacionales y diferentes programas y políticas de educación superior), un total de 3,8 billones de pesos. Ese valor representa sólo el 57% del pedido realizado por el Consejo Interuniversitario Nacional (nucleamiento que agrupa al sistema universitario), de 6,7 billones de pesos, que es el monto mínimo necesario para funcionar en las condiciones actuales.
El presupuesto 2025 enviado por el Ejecutivo consolida la política de ajuste de 2024 (que dejara al gasto nacional en educación superior en torno al 0,50% del PBI, un valor parecido al que existía a mediados de la década de 1990, pero con entre el doble y el triple de estudiantes en la actualidad), y precisamente lo que busca la Ley de Financiamiento Universitario es subir el piso presupuestario de este año, para que el presupuesto de arranque de 2025 sea más elevado y la discusión en el Parlamento se inicie desde otro lugar.
Si el Congreso Nacional quiere estar a la altura de la premisa de que la educación superior es un “bien público social, un derecho humano y universal y un deber del Estado”, y tomar el mensaje de las dos marchas multitudinarias, una en abril y otra en octubre, donde el pueblo claramente demandó seguir teniendo universidad pública y gratuita para todos y para siempre, tiene una sola opción: rechazar el veto.
Referencias:
[1] Frase pronunciada por Milei el 12/11/23 durante el debate previo a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
[2] Alocución del actual mandatario el 19/9/23 en ocasión del tratamiento parlamentario de la eliminación del impuesto a las ganancias sobre salarios y jubilaciones.
Por Carlos R. Martínez, Martín Mangas y Ricardo A. Paparás * Investigadores-docentes de la Universidad Nacional de General Sarmiento. / La Tecl@ Eñe