¿Cuánto gana un militar retirado en Argentina 2024?

Recursos Humanos 03 de junio de 2024
546251

Al pasar a retiro, que puede ser voluntario u obligatorio, el personal militar pasa a cobrar un haber equivalente a la jubilación para los trabajadores. A medida que el sueldo militar está regulado por el gobierno, el monto que un militar ganará en su jubilación depende del ingreso con el que egrese de la fuerza correspondiente.

La jubilación de militar también se puede tramitar gratuitamente en Anses, como las jubilaciones y pensiones de otro tipo de trabajadores, pero tienen requisitos particulares en relación a los años de servicio de que se deben cumplimentar, la edad, etc.

¿Cuál es la jubilación que debe cobrar un militar?

Cómo se calcula la jubilación de un militar en Argentina

Como mencionamos, los retiros y pensiones militares se rigen por la Ley 19.101, sus modificatorias y por la reglamentación de la ley para cada una de las Fuerzas Armadas. No tiene nada tiene que ver con los llamados Regímenes de Privilegios.

El personal superior y subalterno del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas tiene derecho a un haber de retiro a partir de los veinticinco (25) años de servicios simples militares, según la tabla de porcentajes establecida en la citada Ley 19.101.

En esa normativa, en el artículo 74, que corresponde al capítulo V, se detalla que "el haber de retiro se calculará sobre el cien por ciento de la suma de los conceptos de sueldo y suplementos generales a que tuviere derecho a la fecha de su pase a situación de retiro o de su cese en la prestación de los servicios a que se refiere el artículo 62, en los porcentajes que fija la escala del artículo 79."  

Cuánto gana un militar retirado en la Argentina en 2024

Es decir, el primer haber jubilatorio que cobra un militar al retirarse, sea cuál sea su situación al momento de retirarse, sea el retiro obligatorio o voluntario, se vinculará al 100% de la remuneración y suplementos que recibía en actividad en su último cargo en la fuerza correspondiente.

La mencionada ley también dice que "percibirá, con igual porcentaje, cualquier otra asignación que corresponda a la generalidad del personal de igual grado, en actividad."

No se incluyen en esos suplementos las asignaciones familiares que establece la legislación nacional, así como los suplementos particulares y otras compensaciones.

Luego, ese haber jubilatorio que percibe el militar retirado, de acuerdo a la ley que lo determina, se actualiza anualmente "como consecuencia de los aumentos o disminuciones que la ley de presupuesto general de la Nación introduzca en los sueldos y suplementos generales del grado con que fueron calculados."

Por caso, a fines de febrero de 2024 fue la última vez que el ministro de Defensa, Luis Petri, y el ministro de Economía, Luis Caputo, fijaron un aumento para el personal militar de las Fuerzas Armadas. Dicho aumento se publicó en el Boletín Oficial de la Nación y comenzó a regir a partir del primero de marzo.

Vale la pena mencionar que el personal militar en situación de retiro y sus pensionistas continúan aportando el 11% de su haber hasta la extinción del beneficio, según lo establecido en la Ley 22.919. De esta manera, los militares retirado siguen contribuyendo con el Estado a la financiación de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión.

El trámite para el otorgamiento de un beneficio pensionario debe ser iniciado en la Fuerza Armada correspondiente, existiendo a la fecha, un régimen de pagos provisorios. Una vez otorgado el beneficio, se envía una comunicación de alta al titular, indicando la fecha y el lugar de pago en donde deberá efectivizar el primer y los sucesivos cobros.

Cuánto cobra un militar hoy

Como dijimos, la jubilación de los militares parte del 100% del haber que tiene en el mejor cargo que ocupó al pasar a retiro. 

En la actualidad, según el mencionado aumento de febrero de 2024 a efectivizar en marzo, estos son los sueldos determinados para el personal de las Fuerzas Armadas de la Nación en actividad.

Teniente General, Almirante, Brigadier General 1.797.729 pesos
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor 1.603.177 pesos
General de Brigada, Contralmirante, Brigadier 1.460.655 pesos
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro 1.279.406 pesos
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro 1.112.380 pesos
Mayor, Capitán de Corbeta 876.371 pesos
Capitán, Teniente de Navío 725.809 pesos
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 645.564 pesos
Teniente, Teniente de Corbeta 581.997 pesos
Subteniente, Guardiamarina, Alférez 527.099 pesos

 Cómo se calcula la jubilación de un militar
Suboficial Mayor 898.864 pesos
Suboficial Principal 796.863 pesos
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante 706.430 pesos
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar 621.383 pesos
Sargento, Cabo Principal 557.862 pesos
Cabo Primero 500.648 pesos
Cabo, Cabo Segundo 463.379 pesos
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 422.075 pesos
Voluntario 2da., Marinero 2da. 390.591 pesos

Requisitos para la jubilación de militar

Los militares también deben cumplir una edad jubilatoria y haber prestado una cantidad de años de servicios. Para ese cálculo, si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular.

Según consta en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses, para el retiro del personal militar, de prefectura o gendarmería, los requisitos son los siguientes:

60 años de edad para las mujeres
65 años de edad para los hombres
30 años de servicios en ambos casos

La jubilación del personal militar se tramita gratuitamente en Anses

Se debe presentar, además, la siguiente documentación en un turno presencial en la oficina de Anses correspondiente. 

Haber tope del cargo máximo de acuerdo a la fuerza donde prestaste servicios;
Detalle de haberes percibidos en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud de la prestación a otorgar hasta la actualidad;
Certificado donde consten períodos que fueron considerados para el otorgamiento del retiro;
Certificado de la fuerza de la que se trate, en la que se indique si fuiste autorizado para desarrollar las tareas aludidas.

La presentación de la documentación se realiza al momento de iniciar el trámite jubilatorio como militar, personal de prefectura o gendarmería. Así es como el personal militar puede acceder también a su jubilación. 

Nota:iprofesional.com

Te puede interesar