El gobierno restringió los viajes oficiales de funcionarios para reducir el gasto

Actualidad - Nacional 26 de agosto de 2022
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El Gobierno nacional restringió este viernes los traslados por misiones oficiales o comisiones de servicio al exterior, y a eventos internacionales cuya organización no contemple la posibilidad de participar mediante una plataforma de reunión virtual o por videoconferencia, con el objetivo de "contribuir a una mayor racionalización del gasto público". Así lo dispuso la Decisión Administrativa 836/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete Juan Manzur y del ministro del Interior,Eduardo de Pedro.

"Restríngense los traslados por misiones oficiales o comisiones de servicio al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, a eventos internacionales reconocidos e impostergables para los intereses del Estado nacional cuya organización no contemple la posibilidad de participar adecuadamente mediante una plataforma de reunión virtual o software de videoconferencia", dice la norma en su artículo 1. Y agrega: "El funcionario o la funcionaria o autoridad peticionante deberá declarar, en carácter de declaración jurada, que el evento no cuenta con alternativas que permitan la intervención adecuada, a distancia".

En tanto, los traslados deberán contar con la autorización previa y expresa del Jefe o de la Jefa de Gabinete de Ministros cuando se trate de ministros, secretarios de la Presidencia de la Nación, Jefe o Jefa de la Casa Militar y demás funcionarios con rango y jerarquía de ministro. También cuando fueran "titulares de secretarías, subsecretarías, instituciones de la Seguridad Social, entes reguladores, liquidadores y superintendencias, incluyendo los cuerpos colegiados, organismos de la Administración Pública Nacional Descentralizada y Desconcentrada y direcciones nacionales y generales o sus respectivos niveles equivalentes".

Por otra parte, la disposición indica que "los traslados deberán contar con la conformidad previa del o de la titular de la jurisdicción de la cual dependan". Esto rige cuando se trate de "autoridades del Banco Central, de las Entidades Financieras Oficiales nacionales y de sus Empresas vinculadas, hasta nivel equivalente de Director Nacional y Director General; autoridades de Empresas y Sociedades del Estado, de los Entes Públicos y de los Fondos Fiduciarios, previstos en los incisos b); c) y d) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y modificatorias, hasta nivel equivalente de Director Nacional y Director General".

Además, los viajes al exterior deberán preverse con la suficiente antelación a efectos de posibilitar el acceso a las mejores tarifas ofrecidas por el mercadoy deberá efectuarse por la vía más corta y de menor costo.

Se priorizará la utilización de la vía más corta tanto a la ida como al regreso, y deberán realizarse por la ruta y aerolínea que reúna las condiciones más apropiadas, con prioridad a las aerolíneas de propiedad del Estado.

Los pasajes deberán emitirse por una misma aerolínea, en ruta de ida y vuelta, no endosables, reintegrables únicamente en la oficina de origen.

Por otra parte, el personal autorizado deberá presentar dentro de los cinco días de la fecha de llegada, la rendición de viáticos y de gastos de alojamiento, de acuerdo con el formulario de "Declaración Jurada de Rendición de Viáticos y Gastos de Alojamiento", que también figura anexado a la normativa.

Con información de Télam

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