Cuántos días de vacaciones me corresponden si tengo más de 5 años de antigüedad

Recursos Humanos01/06/2025
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Las vacaciones son uno de los momentos más esperados por los trabajadores, ya que pueden compartir tiempo de calidad con sus seres queridos y encarar con energía renovada el nuevo ciclo laboral.

En este sentido, la ley establece que, en toda relación laboral en dependencia, al trabajador le corresponden vacaciones pagas. Además, como la función es un bienestar, que tiene impacto en la salud, no es compensable por dinero, excepto en casos de despido.

Otro factor clave es que son pagas, es decir, que durante ese lapso de tiempo, el trabajador que no va a trabajar cobra una remuneración. Además, este cobra un monto extra por dicho descanso. Desde iProfesional te contamos cómo calcular las vacaciones y qué aspectos debe tener en cuenta el trabajador.

Cuánto me corresponde cobrar por mis vacaciones si tengo más de 5 años de antigüedad
Para calcular las vacaciones se debe tener presente la antigüedad al 31 de diciembre de cada año. Si se toma en consideración este parámetro, los días que corresponden son los siguientes:

Hasta 5 años de antigüedad: 14 días
Mayor a 5 años y hasta 10 años: 21 días
Mayor a 10 años y hasta 20 años: 28 días
Mayor a 20 años: 35 días
 
Es clave señalar que los días son siempre de corrido. Por lo tanto, si una persona empieza su descanso el 1 de septiembre y le corresponden 14 días, finalizará su descanso el 15 de dicho mes. En este sentido, quedan descartados los feriados o fines de semana que hubiese en ese lapso de tiempo.

De esta forma, una persona con más de 5 años de antigüedad le corresponden desde 21 días, hasta un máximo de 35 días. Con respecto al cálculo, según el art 155 de la Ley de Contrato de Trabajo, para calcular las vacaciones de empleados con remuneración mensual, se debe dividir el sueldo bruto por 25 y luego multiplicar por la cantidad de días que le corresponden por vacaciones.

Por ejemplo, si la persona cobra $1.000.000 al mes, se divide por 25 ($40.000 por día) y luego se multiplica por las vacaciones. Si son 28 días, serían $1.120.000, frente a una remuneración "normal" de $933.333.

Cuáles son los requisitos se necesitan cumplir acceder a las vacaciones pagas
Para poder acceder a las vacaciones pagas, el único requisito es haber trabajado en blanco como mínimo la mitad de los días hábiles del año calendario. En el caso de no haber llegado a ese objetivo de días, se puede tomar vacaciones, pero la cantidad de días que se le liquidarán será de 1 por cada 20 días efectivamente trabajados.

Con respecto al comienzo, según lo estipulado en la Ley de Contrato de Trabajo, el goce de estas inicia los días lunes o el día hábil siguiente si fuese feriado. Sin embargo, esto puede variar según el convenio colectivo de trabajo de cada gremio, el cual puede establecer condiciones más beneficiosas para los trabajadores. Un típico caso es que solo se computen días hábiles.

En cuanto al período del año en el que se deben tomar vacaciones, los empleados pueden hacerlo entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, avisando con 45 días de anticipación.

Al mismo tiempo, el empleador tiene que otorgar las vacaciones de forma rotativa, para que cada empleado pueda tomárselas al menos una vez cada tres años en época de verano. Es importante resaltar que se pueden acumular, pero solo un tercio del período de vacaciones que hubiera correspondido en el período inmediato anterior.

Tal como se mencionó al inicio, solo en el caso de extinción del contrato de trabajo, el empleado puede recibir una suma de dinero en concepto de vacaciones no gozadas.

En otras palabras, es el único caso legal en el que se puede compensar las vacaciones con dinero. En esos casos, se deben tener en cuenta la proporción de los días de vacaciones que le corresponderían si hubiese trabajado el año completo y luego aplicar la proporción según los días efectivamente trabajados. Al realizar el respectivo cálculo, dicho monto formará parte de la liquidación final del trabajador.

Nota:iprofesional.com

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