Aguinaldo: desde qué monto se empieza a pagar Impuesto a las Ganancias en diciembre 2024

Recursos Humanos05 de diciembre de 2024
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Los trabajadores cobrarán el medio aguinaldo en dos semanas, con un beneficio clave que estableció el paquete fiscal del presidente Javier Milei. Se trata de una deducción especial para pagar menos Impuesto a las Ganancias, que en el semestre es de $846.725.

En el próximo aguinaldo, un empleado sin cargas de familia tendrá una deducción especial para el aguinaldo de $846.725, mientras que un empleado con cónyuge y dos hijos a cargo tendrá una deducción de $1.122.889, indica Andrés Tellado Cañas, socio de la Práctica de Derecho Laboral y Tributación de Nómina de KPMG Argentina.

¿A partir de qué manto se pagará Impuesto a las Ganancias en el aguinaldo?
De esta manera, se podría decir que el mínimo para empezar a pagar Impuesto sobre el aguinaldo de diciembre es haber cobrado un salario mensual de $1.693.450 para un trabajador soltero. Sin embargo, técnicamente la deducción no funciona como el mínimo exento que había puesto en vigencia el ex ministro de Economía Sergio Massa.

Cuál es la nueva deducción en el aguinaldo
Este mes, los empleadores deberán efectuar el pago de la segunda cuota del aguinaldo, conforme a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, que fija el 18 de diciembre como fecha límite para cumplir con esta obligación.

Por esta razón, es importante evaluar el impacto que tendrá este año el Impuesto a las Ganancias sobre la segunda cuota del aguinaldo, tras la reforma impositiva aprobada recientemente por el Congreso.

En primer lugar, es importante recordar que la reforma a la Ley de Impuesto a las Ganancias operada por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes tuvo como uno de sus principales objetivos eliminar distorsiones introducidas en años anteriores en el cálculo del impuesto sobre los salarios, explica Tellado Cañas, y precisa:

Estas distorsiones beneficiaban mayormente a empleados en determinadas actividades y amparados por determinados convenios colectivos, o bien aplicaban o no dependiendo del nivel salarial, sin establecerse una proporcionalidad, de forma tal que, al superar un determinado umbral, se perdía la totalidad del beneficio.

Tal era el caso del aguinaldo, que bajo el régimen impositivo que rigió hasta la aprobación de la Ley, y que estuvo vigente también durante la primera mitad del año fiscal 2024, establecía una exención hasta un cierto nivel de remuneración mensual, el cual había sido fijado para 2024 en $974.516.

Ahora bien, la Ley 27.743 derogó esta exención vinculada al aguinaldo, a la vez que creó una nueva deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones personales (deducción por ganancia no imponible, deducción especial y cargas de familia).

Así, todos los trabajadores gozan ahora de algún beneficio que mitiga, al menos parcialmente, el impacto del impuesto sobre el aguinaldo.

Cómo quedó el cálculo de la "doceava parte"
Por otro lado, la Ley mantuvo el "aspecto temporal" del pago del impuesto sobre el aguinaldo, es decir, que se siguió la metodología que ya regía con la legislación anterior.

Es así que, actualmente, se sigue reteniendo el Impuesto a las Ganancias a los trabajadores desde el inicio de cada semestre, antes de que se perciba el sueldo anual complementario.

Esta metodología de retención del tributo es una anomalía en el régimen, ya que se aplica una retención sobre un concepto salarial que los empleados aún no han percibido.

Esta metodología conocida como "la doceava parte", incrementa la remuneración sujeta a retención del impuesto mensualmente, y se debe sumar una doceava parte adicional de la remuneración del mes a cuenta del impuesto sobre el aguinaldo que se abonará al trabajador al final del semestre.

En resumen, antes de la reforma del régimen del Impuesto a las Ganancias, existía una exención sobre el aguinaldo que solo aplicaba a empleados con remuneraciones más bajas, a la vez que ya se aplicaba el anticipo del cobro del impuesto sobre este concepto salarial mediante la metodología de la "doceava parte".

Cuál es la deducción para el aguinaldo
Actualmente, en reemplazo de la exención derogada, existe una deducción aplicable a todos los trabajadores, equivalente a una doceava parte de sus deducciones personales, y persiste el mecanismo de la "doceava parte" que anticipa el pago del impuesto sobre el aguinaldo antes de su percepción.

En tal sentido, por este segundo semestre de 2024, un empleado sin cargas de familia tendrá una deducción por este concepto de $846.725, mientras que un empleado con cónyuge y dos hijos a cargo tendrá una deducción de $1.122.889 y, en ambos casos, sin importar la remuneración mensual que perciban.

Ya próximos al cierre del año fiscal, parece que la reforma de la Ley ha logrado el objetivo de reducir las distorsiones que existían en el pago del Impuesto a las Ganancias de los empleados, alineando los beneficios impositivos con la capacidad contributiva de los beneficiarios de las rentas.

Sin perjuicio de lo mencionado, los cambios introducidos por la Ley implicaron un recálculo del tributo y ajustes parciales a lo largo del período fiscal 2024, por lo que resulta recomendable que los empleadores revisen la determinación de la retención del impuesto al finalizar el período fiscal.

Más aún, considerando que una revisión adecuada de las liquidaciones permitirá a los empleadores evitar acumular contingencias por retenciones efectuadas en exceso o en defecto, considerando que cualquier ajuste puede realizarse hasta abril del próximo año 2025.

El aguinaldo se pagará desde un mínimo especial de $846.725 para un trabajador soltero sin hijos, a partir de una deducción especial aprobada por el Congreso con el paquete fiscal.

Nota:iprofesional.com

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