Ajuste ortodoxo

Economía 25 de septiembre de 2022
arton141028

El análisis del presupuesto no puede prescindir del contexto en el que se inscribe. Es decir, de las profundas restricciones económicas y políticas que se derivan de: a) la fragilidad externa por la escasez de reservas internacionales, b) las relaciones de fuerza adversas por los bajos niveles salariales y la regresividad en la distribución del ingreso en el marco de un régimen de alta inflación, y, entre otras, c) las restricciones que emanan de los compromisos asumidos en el acuerdo con el FMI. Se trata, en parte, de la pesada herencia recibida del gobierno anterior, y en parte de los resultados de la política económica moderada para enfrentar la crisis de la deuda heredada durante los primeros dos años y medio del gobierno del “Frente de Todos” [1].

Aún así, los problemas económicos por más complejos que sean no tienen una única alternativa de solución. Según se desprende del proyecto de presupuesto, la que encaró el nuevo gabinete económico muestra, al menos por el lado fiscal, la salida del ajuste ortodoxo. Habrá que evaluar su viabilidad en el marco de otro conjunto de políticas que no se vislumbran en el proyecto de presupuesto, como es la necesidad de reforzar la administración cambiaria para reunir las reservas necesarias que sean compatibles con el crecimiento, el despliegue de una política de ingresos expansiva que apuntale el salario real y una batería de medidas que busque, al mismo tiempo, contener la escalada de los precios.

 
En lo que comprende estrictamente al presupuesto cabe señalar que el recorte fiscal repercutirá en el bajo crecimiento proyectado del PIB (2% en 2023) que va a estar impulsado, según prevé el gobierno, por las exportaciones y en menor medida la inversión. Por el lado sectorial prevé una elevada expansión del sector agropecuario, mientras que los servicios, la industria y el comercio estarán relegados a un crecimiento inferior al nivel general. En base a la elevación esperada de exportaciones y una proyección muy baja de las importaciones, se espera reconstituir el superávit comercial de bienes y servicios de modo tal de alcanzar los 12.347 millones de dólares, que contribuirían a cerrar la brecha externa junto a los créditos esperados de organismos internacionales y bilaterales. Cabe aclarar que es una condición de posibilidad pero no suficiente, como lo demostraron los primeros dos años y medio del gobierno del Frente de Todos, en los cuales el ingreso récord de divisas por el excedente comercial (32.728 millones de dólares) no permitió acumular reservas ya que se utilizaron, entre otras cosas, para cubrir los vencimientos de la deuda de las empresas privadas. Se debería tomar nota del asunto para no tropezar dos veces con la misma piedra.

Desde el punto de vista de las cuentas públicas el proyecto de presupuesto se compromete a cumplir las metas del acuerdo con el FMI, que establecen un déficit primario del sector público nacional del 2,5% del PIB en 2022 y del 1,9% en 2023. Si bien se espera que los ingresos caigan en ambos años, la reducción del gasto primario proyectada permitiría arribar a los objetivos fiscales planteados: en 2022 la disminución del gasto primario en relación al PIB sería de 1,3 puntos porcentuales y en 2023 de 1,2 puntos.

Para cobrar una dimensión del nivel del ajuste previsto cabe señalar, primero, que para 2022 se espera una contracción del gasto primario en precios constantes del 3,5% respecto al año anterior. Para llegar a ese nivel después de la expansión interanual del 12,7% del gasto primario en el primer semestre del año, se requiere una contracción del 12,2% interanual en el segundo semestre. Es decir, que alcanzar la meta de 2022 requiere de un ajuste significativo. En segundo lugar, se estima que en 2023 la reducción del gasto primario en precios constantes alcanzará el 3,7%. Cabe aclarar que el aumento nominal pautado es del 69,2%, pero eso no debe deflactarse por el índice de precios interanual de diciembre que consta en el presupuesto (60%) sino por la variación promedio anual. Si se parte de los supuestos del PIB del presupuesto (incremento nominal del 79,2% y una expansión del 2% en precios constantes) el índice de precios implícito promedio anual se ubicaría en torno al 75,7% en 2023.De allí la contracción del gasto primario del 3,7% en ese año que, si bien es relevante, está lejos del “mega ajuste” de 2018-2019 cuando se ubicó en -8,9% y -10,7%, respectivamente.

Entre los recortes del sector público nacional resalta la contracción del gasto en transferencias corrientes, el déficit de las empresas públicas y en las compras de bienes y servicios. Las remuneraciones se moverían como el nivel de precios y las prestaciones a la seguridad social y el gasto de capital tendrían aumentos en términos reales. En la administración pública nacional el gasto por finalidad-función muestra un fuerte recorte en los servicios económicos con énfasis en energía y transporte.

Un aspecto novedoso del presupuesto es que plantea la necesidad de avanzar sobre los denominados gastos tributarios para alcanzar una mayor robustez en las cuentas públicas (los gastos tributarios son aquellos ingresos fiscales que se dejan de percibir por exenciones impositivas o regímenes de promoción económica). Se estima en el presupuesto que estos gastos representarán el 2,49% del PIB en 2023, destacándose la exención al impuesto a las ganancias de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial cuyo esfuerzo fiscal sería del 0,16% del PIB en 2023, así como el gasto tributario que demanda el régimen de promoción de Tierra del Fuego (0,35% del PIB en 2023).

Por último, cabe señalar que el proyecto de presupuesto amplía, en el artículo 71, el blanqueo de la construcción a la adquisición de inmuebles usados para vivienda (casa-habitación). Y en el artículo 72 crea un “Régimen de Incentivo a la Inversión y la Producción Argentina” a partir del cual se habilita la declaración de tenencia en moneda extranjera para el pago de importaciones destinada a procesos productivos. Para ello establece un impuesto especial del 5% para las declaraciones que se efectúen durante los primeros tres meses de entrada en vigencia de la ley, del 10% para las que se hagan durante los segundos tres meses, y del 20% para las que se declaren durante los seis meses finales de vigencia de la ley.

 

Por Pablo Manzanelli

Te puede interesar